Primera: Manifestaciones
GUATEMEL es una entidad dedicada a la promoción y comercialización de seguros, y al cobro de los mismos a través de los recibos de luz de los clientes de la República de Guatemala.
EL CLIENTE declara:
- Que está interesado en adquirir el seguro que se promueve a través de GUATEMEL, y acepta que el cobro del seguro será incluido como un cargo adicional en su recibo de luz.
- Que cuenta con la capacidad legal para autorizar dicho cobro y acepta los términos y condiciones establecidos en el presente documento.
- Que al completar la aceptación de estos términos y condiciones, autoriza a GUATEMEL a gestionar el cargo correspondiente al seguro adquirido a través del recibo de luz a su nombre.
Segunda: Definiciones
Para efectos del presente contrato, los términos a continuación tendrán el siguiente significado:
- Promoción: Publicación y oferta del seguro a través de los medios digitales y físicos de GUATEMEL para su contratación por parte de EL CLIENTE.
- Recibo de Luz: Factura emitida por la empresa distribuidora de electricidad, en la cual se incluirá el cobro del seguro adquirido por EL CLIENTE.
- Seguro: Producto adquirido por EL CLIENTE que otorga cobertura en los términos establecidos en la póliza contratada.
- Comunicación Electrónica: Toda notificación realizada por medios electrónicos, como correo electrónico, SMS u otros canales digitales proporcionados por EL CLIENTE, que será válida si se puede confirmar su recepción.
Tercera: De los Servicios
EL CLIENTE reconoce y acepta que GUATEMEL le prestará servicios de promoción y gestión de cobro del seguro adquirido, bajo las siguientes condiciones:
- Cobro: El costo del seguro será cargado al recibo de luz de EL CLIENTE en los términos establecidos al momento de la contratación.
- Forma de Pago: EL CLIENTE acepta que el monto correspondiente al seguro será incluido en su recibo de luz de forma recurrente mientras el seguro esté vigente.
- Plazo: Los presentes términos y condiciones se mantendrán vigentes mientras EL CLIENTE mantenga activo el seguro adquirido o hasta que cualquiera de las partes lo dé por terminado conforme a la cláusula sexta.
Cuarta: Obligaciones de las Partes
GUATEMEL se obliga a:
- Promover los productos de seguro en sus plataformas y medios autorizados.
- Gestionar el cargo del seguro al recibo de luz de EL CLIENTE.
- Entregar a EL CLIENTE las condiciones y cobertura del seguro adquirido.
- Respetar la confidencialidad de los datos proporcionados por EL CLIENTE.
EL CLIENTE se obliga a:
- Proveer información verídica para la gestión del cobro en su recibo de luz.
- Autorizar la inclusión del cobro en su recibo de luz.
- Notificar cualquier cambio en su información de contacto o en la cuenta donde se emite su recibo de luz.
Quinta: Confidencialidad
EL CLIENTE se compromete a proteger toda información confidencial proporcionada por GUATEMEL y a no divulgarla salvo autorización expresa. Por su parte, GUATEMEL protegerá la información personal y financiera de EL CLIENTE según las normativas legales aplicables.
Sexta: Terminación
El presente contrato podrá darse por terminado en los siguientes casos:
- Por mutuo acuerdo entre las partes.
- De forma unilateral por GUATEMEL, con notificación previa a EL CLIENTE.
- De forma unilateral por EL CLIENTE, notificando a GUATEMEL con al menos 10 días hábiles de antelación, para la exclusión del cobro en el próximo ciclo de facturación del recibo de luz.
Séptima: Resolución de Controversias
En caso de controversias derivadas del presente contrato, las partes acuerdan resolverlas de manera amigable. Si no se logra un acuerdo, las partes se someterán a la jurisdicción de los tribunales competentes en la República de Guatemala, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Octava: Aceptación
AL HACER CLIC EN EL BOTÓN DE ACEPTAR, EL CLIENTE DECLARA QUE HA LEÍDO, COMPRENDIDO Y ACEPTADO TODOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES AQUÍ DESCRITOS, AUTORIZANDO EL COBRO DEL SEGURO A TRAVÉS DE SU RECIBO DE LUZ.